CNSS autoriza distribuir más de RD$6,000 millones a profesores con doble cotización

Profesora dominicana.
Profesora dominicana.

El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) aprobó la dispersión de más de RD$6,000 millones correspondientes a los aportes previsionales retenidos de los profesores que cotizan simultáneamente en el Ministerio de Educación (MINERD) y a través de empleador del sector público o privado.

Con la aprobación de la resolución del CNSS No. 638-06, el órgano rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) dispone que dichos recursos, junto con la rentabilidad generada, sean distribuidos entre el Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (INABIMA) y la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) seleccionada por cada trabajador, según el origen de las cotizaciones.

Esta decisión pone fin a una situación que durante años afectó a miles de docentes con doble cotización, quienes realizaban aportes de manera simultánea al INABIMA y al Sistema Dominicano de Pensiones.

La resolución garantiza que los maestros reciban los beneficios derivados de todas sus cotizaciones, respetando los derechos adquiridos por los aportes realizados en ambos sistemas.

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La Ley 87-01 establece el principio de afiliación única; sin embargo, el párrafo I del artículo 43 dispone que los afiliados conservan el derecho a disfrutar de dos o más pensiones cuando estas sean el resultado de cotizaciones efectuadas a igual número de planes contributivos.

La resolución del CNSS No. 638-06 detalla que los recursos provenientes de aportes previsionales retenidos por la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y la rentabilidad que estos han acumulado deberán ser dispersados de la manera siguiente:

a.           Los aportes de los maestros que tuvieron y/o tienen como único empleador al MINERD, más su rentabilidad, serán dispersados al INABIMA.

b.            Los aportes de los maestros que tuvieron o tienen un empleador privado y/o público, más su rentabilidad, serán dispersados a la Cuenta de Capitalización Individual (CCI) de la AFP seleccionada por estos.

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c.            Para el caso de los aportes de los maestros que coticen simultáneamente al MINERD y a un empleador privado y/o público, sus aportes más su rentabilidad, serán dispersados al INABIMA lo correspondiente al MINERD y a la Cuenta de Capitalización Individual (CCI) de la AFP seleccionada por estos, lo proveniente de un empleador privado y/o público, respectivamente, con el objetivo de que puedan disfrutar de todos los beneficios establecidos en cada uno de estos fondos, tomando en cuenta que, son el resultado de cotizaciones a Sistemas distintos.

Esta decisión beneficiará a miles de docentes con doble cotización, al garantizar que los recursos de sus aportes sean distribuidos en los fondos de pensiones correspondientes, preservando los derechos adquiridos por sus cotizaciones y permitiéndoles acceder, cuando corresponda, a los beneficios previsionales que establece la Ley 87-01.

El CNSS instruyó a la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), con el apoyo de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y de UNIPAGO, a realizar el cálculo de la rentabilidad generada por los aportes previsionales retenidos, individualizando los fondos correspondientes a cada afiliado.

Una vez concluido ese proceso, la Tesorería de la Seguridad Social procederá a efectuar la dispersión de los recursos, dando cumplimiento a la resolución en un plazo máximo de tres meses calendario, contados a partir de su notificación.

Redacción De Último Minuto

Redacción de De Último Minuto

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