Ciudadanos someten acción de inconstitucionalidad contra norma de la DGII que permite suspender el RNC

SANTO DOMINGO.– El periodista José Peguero y la abogada especialista en materia tributaria Pablita Cabrera Martínez interpusieron ante el Tribunal Constitucional una acción directa de inconstitucionalidad contra el artículo 24 de la Norma General núm. 04-2021 sobre el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), modificado por el artículo 5 de la Norma General núm. 04-2023, emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
La acción cuestiona la figura denominada “Estado Suspendido”, mediante la cual la DGII puede suspender el RNC de contribuyentes que no presenten declaraciones o no realicen pagos durante determinados períodos. Según los accionantes, esta medida genera efectos restrictivos que pueden afectar la actividad económica y administrativa de personas físicas y jurídicas.
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Los solicitantes sostienen que la disposición impugnada vulnera principios constitucionales como la legalidad, la jerarquía normativa, la reserva de ley, el debido proceso, la razonabilidad, la proporcionalidad, la buena administración y la libertad de empresa.
En particular, la acción señala como vulnerados los artículos 6, sobre supremacía constitucional; 40.15, relativo al principio de legalidad; 50, sobre libertad de empresa; 69, especialmente su numeral 7, referente al debido proceso y la legalidad sancionadora; 74.2, sobre razonabilidad y límites a la regulación de derechos fundamentales; 138, que establece el sometimiento de la Administración Pública al ordenamiento jurídico; 184, relativo a la fuerza vinculante de las decisiones del Tribunal Constitucional, y 243, sobre los principios del régimen tributario.
Cuestionan efectos de la suspensión del RNC
En el documento depositado ante el Tribunal Constitucional, los accionantes afirman que la suspensión del RNC puede generar limitaciones para realizar determinados trámites ante la DGII y afectar el uso regular de comprobantes fiscales.
A su juicio, estos efectos podrían constituir restricciones al ejercicio de actividades económicas que deben estar sustentadas en una base legal y cumplir con los principios de razonabilidad y proporcionalidad establecidos por la Constitución.
Los accionantes también hacen referencia a precedentes del Tribunal Constitucional relacionados con el bloqueo de comprobantes fiscales y consideran que estos criterios deben ser tomados en cuenta al analizar las consecuencias que produce la suspensión del RNC.

La acción plantea que la Administración Tributaria dispone de mecanismos establecidos por ley para fiscalizar a los contribuyentes, determinar obligaciones tributarias, imponer las sanciones correspondientes y gestionar el cobro de los créditos fiscales.
Por esa razón, consideran que la suspensión del Registro Nacional de Contribuyentes constituye una medida innecesaria y desproporcionada cuando produce consecuencias que, según alegan, pueden limitar el desarrollo normal de las actividades económicas.
Piden eliminar la disposición
En su instancia, José Amado Peguero Reyes y Pablita Cabrera Martínez solicitan al Tribunal Constitucional declarar no conforme con la Constitución el artículo 24 de la Norma General núm. 04-2021, en la versión modificada por la Norma General núm. 04-2023.
Asimismo, piden que dicha disposición sea declarada nula y expulsada del ordenamiento jurídico dominicano.
La iniciativa coloca nuevamente bajo escrutinio las facultades de la Dirección General de Impuestos Internos para establecer mecanismos administrativos relacionados con el RNC y plantea un debate sobre los límites que tiene la Administración Tributaria al aplicar medidas que puedan afectar el ejercicio de actividades económicas.
La instancia fue presentada por José Amado Peguero Reyes y Pablita Cabrera Martínez, quien además figura como abogada accionante en el proceso ante el Tribunal Constitucional.

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