ProCompetencia investiga a tres agentes económicos por posibles prácticas anticompetitivas en licitación del Inabie

Santo Domingo. La Dirección Ejecutiva de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (Pro-Competencia) ordenó el inicio de una investigación de oficio contra los agentes económicos Ana Esmeralda Santana y Santana de Nova, Andrea Rosaura Polanco Santana e Ireana Milagros Nova Santana, tras encontrar indicios razonables de coordinación de ofertas y prácticas anticompetitivas en un proceso de compras públicas para el Programa de Alimentación Escolar, convocado por el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (Inabie).
La disposición fue adoptada mediante la Resolución núm. RII-DE-AAC-001-2026, la primera emitida en el presente año en esta materia, con la cual la institución da inicio formal al proceso de apertura de investigaciones de 2026, luego de que en 2025 se registrara un récord de cinco casos que involucraron a 16 agentes económicos.
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Durante el análisis de la documentación correspondiente a la licitación, la Dirección Ejecutiva identificó múltiples coincidencias que refuerzan la hipótesis de una posible colusión entre los referidos agentes económicos, incluyendo vínculos societarios entre los oferentes y el uso de una red de proveedores comunes, entre los que destacan un mismo notario público y un mismo contador público autorizado.
Asimismo, se identificó la obtención de documentos clave, como cartas de referencia bancaria con numeración consecutiva, además de la presentación de programas de control de plagas idénticos, ejecutados por la misma empresa y por el mismo técnico fumigador, en fechas coincidentes.

“Estos elementos sugieren una posible coordinación para manipular los resultados del procedimiento”, precisó la Dirección Ejecutiva.
La conducta investigada se tipifica, de manera preliminar, en el artículo 5, literal “b”, de la Ley núm. 42-08, que prohíbe los acuerdos para coordinar ofertas.
La Dirección Ejecutiva de ProCompetencia aclaró que esta resolución no prejuzga la culpabilidad de las empresas investigadas, sino que habilita la fase investigativa para contrastar los elementos disponibles y garantizar el derecho a la defensa, conforme al principio de presunción de inocencia, hasta que una decisión final y firme determine lo contrario.

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