Reincidencia penal aumentará condenas de hasta 40 años en el nuevo Código Penal

Santo Domingo.- El nuevo Código Penal instituido mediante la Ley Núm. 74-25, establece sanciones más severas para las personas que reincidan en la comisión de infracciones penales, con penas que pueden alcanzar hasta 40 años de prisión mayor, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 51 al 54 del texto legal.
El artículo 52 establece: “Si una persona física que ha sido condenada irrevocablemente por una infracción muy grave o grave comete otra infracción muy grave o grave, se le impondrá la pena inmediatamente superior a la que corresponda”.
Y añade: “Si la segunda o ulterior infracción conlleva una pena de prisión mayor de treinta a cuarenta años, la pena aplicable será la de cuarenta años de prisión mayor”.
El artículo 51 define la reincidencia como el hecho de cometer una nueva infracción muy grave o grave tras haber sido condenado por una anterior, nacional o extranjera.
“Habrá reincidencia cuando una persona condenada por sentencia irrevocable de un tribunal nacional o extranjero cometa o incurra en una nueva infracción muy grave o grave…”.
Además, el artículo 51 párrafo I aclara que la reincidencia será aplicable solo si entre ambas infracciones no ha transcurrido un periodo mayor a diez años, en el caso de infracciones graves, contado a partir de que la sentencia anterior se haya vuelto irrevocable o haya prescrito.
“La reincidencia solo se aplicará si entre la primera y la segunda infracción no ha transcurrido un lapso superior a diez años…”.
El artículo 54 clasifica ciertos delitos como de igual naturaleza, lo cual es relevante para la aplicación de la reincidencia, entre ellos se encuentran:
- Violencia de género en cualquiera de sus modalidades:violencia doméstica o intrafamiliar, abuso, incesto, agresión y violación sexual.
- Robo, extorsión, chantaje, estafa y abuso de confianza.
- Corrupción, coalición de funcionarios, cohecho, malversación, enriquecimiento ilícito, conflicto de intereses, alteración de precios, sobrevaluación ilegal, peculado, entre otros.
La intención es desincentivar la reincidencia, es decir, que las personas no vuelvan a delinquir después de haber sido condenadas una vez. Si lo hacen, saben que la próxima pena será mucho más dura, especialmente si se trata de delitos graves como violencia de género, corrupción, o delitos sexuales.


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