Víctor Turbí considera que todos estamos de acuerdo con un nuevo Código Penal

Santo Domingo, RD.- El destacado jurista Víctor Turbí Ysabel aseguró que, “por la multiplicidad de aspectos más que significativos, no solo en el ámbito jurídico, la gran mayoría de la población está de acuerdo con la imperiosa necesidad de que entre en vigencia un nuevo instrumento punitivo en la legislación dominicana”.
En tanto, afirmó que diversos sectores también coinciden en que existen, evidentemente, varios artículos inconstitucionales en la nueva Ley núm. 74-26, que instituye el nuevo Código Penal Dominicano.
Recordó que el Tribunal Constitucional está apoderado de varias acciones directas de inconstitucionalidad, mediante el “control concentrado”; sin embargo, hasta el momento ninguna ha sido fallada por cuestiones de tiempo y plazos. Señaló que dejar estas posibles inconstitucionalidades para ser reclamadas particularmente mediante el “control difuso” sería, a su juicio, una imprudencia jurídica innecesaria.
De igual manera, indicó que un proyecto de ley con un solo artículo, varios considerandos y vistas, enviado por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional, podría permitir que este último extienda o prorrogue la vacatio legis por seis meses más. Explicó que esto no derogaría ni modificaría el contenido del nuevo Código, sino que mantendría el mismo estado actual durante ese período.
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Dijo que lo anterior contribuiría a “no complicar mucho más las cosas a los diferentes actores del sistema de justicia penal, pero sobre todo, en lo adelante, con la entrada en vigencia de la norma para las personas en conflicto con la ley penal, respecto a sus derechos y garantías”.
Además, sostuvo que esta medida brindaría una oportunidad al Tribunal Constitucional para verificar, analizar y emitir su parecer de manera profunda sobre una normativa de tanta importancia para cualquier sociedad.
Asimismo, el profesional del derecho Víctor Turbí agregó que “jamás se debe olvidar que no se trata de implementar una norma de carácter civil, laboral, comercial o de otra índole en este contexto, sino de carácter puramente penal: prisión versus libertad”, concluyó el jurista.

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