MAP llama a instituciones a solicitar renuncias de empleados electos a cargos municipales

Santo Domingo.- El Ministerio de Administración Pública (MAP) dirigió una comunicación a los ministerios de Educación, Salud Pública y Agricultura, así como al Servicio Nacional de Salud (SNS), para que soliciten a sus empleados que asumieron posiciones municipales electivas, a que presenten de manera oficial sus renuncias.
El documento establece que, a partir de mayo, los funcionarios administrativos activos, que el pasado miércoles 24 de abril, asumieron posiciones municipales, no pueden continuar figurando en las nóminas de esas instituciones, sin importar el cargo que tengan, dijo el MAP en un comunicado.
Asimismo, indicó que, para el fiel cumplimiento de dichas acciones, las instituciones deben remitir, a la brevedad posible, a la Contraloría General de la República, las listas de los funcionarios y servidores sujetos a dichas acciones administrativas.
Entre los cargos municipales previstos en la Constitución y la ley, destacan los electos alcaldes de Ayuntamientos y directores de Juntas, vicealcaldes y suplentes de directores de Juntas, regidores, suplentes de regidores y vocales.
Los únicos funcionarios electivos que pueden permanecer en las nóminas de órganos y entes de la Administración del Estado, son los que reciban remuneraciones en las mismas, por concepto de la docencia.
Mientras que, en el caso de que un servidor de carrera haya sido escogido para ocupar un cargo electivo municipal, el párrafo único, del artículo 22, de la Ley 41-08, de Función Pública, dispone que éste deberá tener una licencia sin disfrute de sueldo en el cargo de carrera administrativa.
Además, el principio de separación de poderes, previsto en el artículo 4 de la Constitución de la República, impide que la empleomanía de un poder del Estado se replique en otro, incluido el régimen municipal.
El ministro de Administración Pública, Darío Castillo Lugo, explicó que, aunque el oficio está enviado a cuatro ministros y un director ejecutivo, el mismo va dirigido a todos los ministros y titulares de órgano y entes públicos, donde se presente dicha situación, de funcionarios y servidores administrativos, que fueron electos en cargos municipales.


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