Santo Domingo.– Organizaciones de la sociedad civil y ciudadanos identificados con movimientos provida y profamilia acudieron este miércoles al Tribunal Constitucional (TC) en rechazo a la acción de inconstitucionalidad que procura que la orientación sexual sea reconocida expresamente entre las causas de discriminación contempladas en el artículo 173 del nuevo Código Penal.
Esto mientras el Tribunal Constitucional desarrolla la audiencia correspondiente a la acción contra el artículo 173 de la Ley 74-25, interpuesta por la Comunidad de Lesbianas Inclusivas Dominicanas (COLESDOM) y Rosalba Karina Díaz Crisóstomo.
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En oposición a esa acción, varias organizaciones y 175 ciudadanos presentaron ante el TC una intervención voluntaria, bajo el argumento de que incorporar la orientación sexual mediante una interpretación de la alta corte supondría agregar a una norma penal una categoría que no fue incluida expresamente por el legislador.
Entre las entidades que respaldan esta posición figuran la Arquidiócesis de Santo Domingo, el Consejo Dominicano de Unidad Evangélica (CODUE), la Alianza Evangélica Dominicana (AEDO), Pro-Nación, Grupo Acción Cristiana, Juventud con una Misión (JUCUM), RD Inclusiva y Alianza Vitae.
Durante la concentración, la activista Nathalie Tonos consideró innecesario incorporar expresamente el término orientación sexual en el artículo cuestionado, al sostener que la Constitución ya garantiza derechos y protección a todas las personas.
“Consideramos innecesaria la inclusión de este término, ya que de por sí la Constitución defiende a todo ser humano, a toda persona”, expresó Tonos, quien afirmó que el grupo espera que se mantenga la normativa en los términos actuales.
En esa misma línea se pronunció Eva Piccini, quien aseguró que su oposición no está dirigida contra las personas por sus preferencias sexuales, sino contra la incorporación de una categoría que, a su juicio, podría generar implicaciones jurídicas y sociales más amplias.
“Todo dominicano sepa que nosotros no discriminamos a la persona”, afirmó Piccini, al señalar que esperan que el Tribunal Constitucional mantenga el artículo tal como está redactado.
Piccini también manifestó preocupación por lo que considera posibles efectos de este tipo de debates sobre niños y adolescentes, y sostuvo que el movimiento procura defender la protección de la familia y la niñez.
Argumentos jurídicos
Los intervinientes sostienen que corresponde al Congreso Nacional, y no al Tribunal Constitucional mediante interpretación, determinar las categorías específicas que forman parte de una disposición de carácter penal.
Sus representantes legales alegan que una interpretación expansiva del artículo 173 podría entrar en conflicto con principios como la separación de poderes, reserva de ley en materia penal, legalidad, tipicidad y seguridad jurídica.
También plantean que cualquier decisión debe ponderar derechos como la libertad de conciencia, religión, culto, opinión, elección y asociación, junto con la protección de la dignidad humana y los demás derechos fundamentales reconocidos constitucionalmente.
Colectivos LGBTIQ+ piden incluir orientación sexual
Mientras estos grupos reclamaban mantener la redacción vigente, más de 30 organizaciones y activistas vinculados a la defensa de los derechos humanos y de las personas LGBTIQ+ también se concentraron frente al Tribunal Constitucional para defender una posición contraria.
Estos colectivos reclaman que la orientación sexual y la identidad de género sean reconocidas expresamente en las disposiciones contra la discriminación, al considerar que la ausencia de esos términos genera incertidumbre jurídica y una protección desigual.
Leonardo Sánchez, vocero de los colectivos, sostuvo que buscan evitar legislaciones ambiguas que dependan de interpretaciones al momento de garantizar derechos.
“Necesitamos que las leyes tengan de manera expresa la orientación sexual y la identidad de género dentro de sus dictámenes”, manifestó Sánchez, quien aseguró que el reclamo busca que el Estado reconozca y proteja a todos los ciudadanos en igualdad de condiciones.
Los colectivos también invocan el artículo 39 de la Constitución, que consagra el derecho a la igualdad, para sostener que las personas discriminadas por su orientación sexual deben recibir la misma protección jurídica que quienes enfrentan discriminación por otras causas.



