Santo Domingo.- Entre fuertes debates, el Senado de la República aprobó en dos lecturas consecutivas este miércoles el proyecto de ley que introduce modificaciones al nuevo Código Penal.
La iniciativa, la cual fue declarada de urgencia, contó con 25 votos a favor y 3 en contra.
Durante la sesión, legisladores de la oposición presentaron propuestas de modificaciones de la pieza, las cuales fueron rechazadas. Una de ellas fue la del representante del Distrito Nacional en la cámara alta, Omar Fernández para reforzar la libertad de expresión, así como endurecer las sanciones contra los disparos al aire cuando estos ocasiones lesiones permanente o la muerte de una persona.
Las propuesta fueron rechazadas por una mayoría de 21 senadores, que votaron en contra de las modificaciones sometidas por el legislador de la Fuerza del Pueblo.
En tanto, congresistas del oficialismo defendieron el Código, sin embargo no todos se mostraron conforme con votar a favor. Ginette Bournigal al finalizar su turno de participación destacó que “iba a votar no muy contenta, porque no le gustan que la condicionen”.
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Entre los cambios aprobados figuran ajustes sobre la responsabilidad penal de las empresas, el hostigamiento, los delitos digitales, la protección de las víctimas y aspectos vinculados a la libertad de expresión.
Tras su aprobación en el Congreso, la iniciativa será remitida al Poder Ejecutivo para los fines correspondientes, antes de la entrada en vigencia del nuevo Código Penal el próximo 3 de agosto.
Dentro de las reformas penales se resaltan: el artículo 8, que trata sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas, y el artículo 11, relativo a la extensión de dicha responsabilidad penal.
En tanto que el artículo 104 trata sobre los daños por aplicación de sustancias químicas; el 121 aborda el hostigamiento; el 122, el hostigamiento agravado; el 123, el hostigamiento cibernético; y el 124, la violencia doméstica o intrafamiliar.
Asimismo, se reformaron el artículo 141, sobre el plazo de prescripción; el 142, sobre exhibicionismo sexual; el 144, relativo al acoso agravado; el 170, sobre el auto secuestro; el 173, referente a la discriminación; el 176, sobre el proxenetismo; y el 177, que trata el proxenetismo agravado.
También se modificaron los artículos 192, sobre la difusión ilícita de contenido íntimo o reservado; 207, el perjurio; 208, difamación; 209, sobre difamación extorsiva; y el 211, relativo a los actos considerados no difamatorios o injuriosos.
Además, se incluyeron cambios en el 214, sobre el abandono de niños, niñas y adolescentes; el 215, referente al abandono agravado de menores; el 248, la bancarrota simple; el 269, sobre violación de propiedad; el 303, relativo a la malversación de fondos públicos; el 310, sobre el ultraje en el ámbito jurisdiccional; y, finalmente, el 354, referente a la certificación falsa del estado de salud.



