Alterar o distorsionar resultados de juegos de azar podría conllevar hasta 10 años de prisión

Elsa Cesilia Feliz
5 Min Read
Alterar o distorsionar resultados de juegos de azar podría conllevar hasta 10 años de prisión - Imagen creada con IA

El riguroso régimen sancionador de la pieza legislativa clasifica el fraude en los sorteos como un delito penal de extrema gravedad

Santo Domingo.- El proyecto de ley que regula los juegos de azar introduce severas sanciones penales que contemplan hasta una década de prisión para quienes distorsionen o alteren los resultados de los sorteos o de cualquier juego de azar.

La propuesta legislativa busca unificar y modernizar el marco normativo de un sector que actualmente cuenta con más de 71,000 bancas de lotería y deportivas registradas en el territorio nacional.

El riguroso régimen sancionador de la pieza legislativa clasifica el fraude en los sorteos como un delito penal de extrema gravedad. Específicamente, el Artículo 164, numeral 2 de la ley establece que será castigado con penas de 5 a 10 años de prisión mayor todo aquel «que altere o distorsione por cualquier medio el resultado de las apuestas o cualquier juego de azar».

Te puede interesar: Testaferros en la mira: hasta 10 años de cárcel por ocultar al verdadero dueño de negocios de azar

Adicionalmente a la privación de libertad, las personas físicas que incurran en esta conducta delictiva se enfrentarán a multas que oscilan entre 10 y 20 salarios mínimos del sector público.

Estas medidas buscan blindar la transparencia en el sector y proteger la fe pública, garantizando que el juego se mantenga limpio y bajo los estándares de aleatoriedad e imprevisibilidad exigidos por la Dirección General de Juegos de Azar (DGJA).

Otras penas contra la manipulación técnica de juegos de azar

La severidad de la ley no se limita únicamente a la distorsión directa del resultado final de los sorteos. El Artículo 163, numeral 1 contempla penas de 2 a 5 años de prisión menor y multas de 9 a 15 salarios mínimos para quienes intervengan las máquinas tragamonedas o cualquier otro juego de azar con el fin de alterar sus mecanismos de pago o sus sistemas internos sin la debida autorización.

Bajo esta misma escala de penas de dos a cinco años de cárcel serán castigados los desarrolladores, programadores o técnicos de sistemas que diseñen o implementen software, aplicaciones o servicios electrónicos para comercializar sorteos de lotería o juegos de azar que no cuenten con la autorización expresa de la DGJA.

Asimismo, el numeral 7 del mismo artículo castiga con esta misma pena de prisión menor a quien manipule, con intención de engañar, cualquier componente de un dispositivo de juego de forma contraria a su diseño operativo original.

En caso de que las maniobras fraudulentas de alteración de resultados o manipulación técnica sean ejecutadas bajo la estructura de una sociedad comercial, las consecuencias serán letales para la entidad. El Artículo 165 estipula que estas personas morales serán sancionadas directamente con el pago de las multas equivalentes al delito cometido.

Además, el Artículo 167 determina que si la persona jurídica es utilizada como medio, cubierta o fachada para cometer el delito, los tribunales podrán ordenar su disolución definitiva, la clausura de sus establecimientos, el sometimiento a vigilancia judicial por hasta 5 años o la incautación y decomiso inmediato de todos los bienes que hayan servido para operar el fraude.

El Congreso Nacional abrió el pasado domingo 16 agosto la Segunda Legislatura Ordinaria del año 2026 y en esta etapa el Senado deberá avocarse a conocer las modificaciones realizadas por los diputados a la pieza para su posterior aprobación y envió al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Antecedente de fraude

Un antecedente relevante sobre la manipulación de juegos de azar en República Dominicana es la denominada Operación 13, investigación que surgió a raíz del fraude cometido durante el sorteo de quinielas de la Lotería Nacional del 1 de mayo de 2021. De acuerdo con la acusación del Ministerio Público, una estructura coordinó la alteración del sorteo para favorecer la salida del bolo número 13 y obtener beneficios mediante apuestas realizadas con conocimiento previo del resultado. Las autoridades estimaron que la operación fraudulenta provocó pérdidas superiores a los RD$500 millones.

El proceso judicial derivado de Operación 13 culminó con condenas contra varios de los involucrados. En febrero de 2026, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia rechazó recursos de casación y dejó definitivas las condenas contra ocho personas vinculadas al caso.

Share This Article
Periodista